• 23 noviembre, 2024

¿CENSURA?

¿CENSURA?

El representante a la Cámara César Augusto Lorduy ponente del proyecto Anticorrupción que se encuentra en estudio por parte de la Comisión respectiva y a un debate de ser aprobado ha levantado una grande protesta por parte de las Asociaciones de Medios de Comunicación y de Periodistas que consideran el artículo altamente inconveniente para la garantía del ejercicio de la libertad de prensa, la libertad de expresión y al derecho de información de los colombianos.

Por: Leopoldo Portilla Mesa.

El auto-blindaje que se proponen aprobar los integrantes de la Cámara Baja de Colombia este 6 de diciembre no es otra cosa que una -herramienta más para callar a medios y periodistas-. Lo que quiere decir que quienes desean perpetuarse en las curules que ostentan y los aspirantes que instan por su inclusión en las listas que están conformando, las ahora de moda alianzas, pactos, etc., entran en el equipo de los corruptos amparados bajo la gran carpa de la impunidad, si se aprueba el -orangután- no mico, incluido en el proyecto anticorrupción que nada tiene que ver con -la libertad de información-. Con esta medida absurda por demás desaparece la transparencia. Ley que serviría al próximo gobierno para que sus funcionarios y autoridades, miembros de las altas Cortes o justicia en general que se encuentren inmersos en delitos y/o los que a futuro entraran en esas prácticas delictivas aparecieran ante la opinión pública como políticos honestos.  ¡Qué descaro!

La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) en el tiempo ha librado ingentes campañas de protección de la libertad de prensa. Su objetivo no se ha obtenido totalmente. En Latinoamérica aún quedan varios países de la órbita socialista-comunista y/o progresistas -como quieren que se les identifique en Colombia- que mantienen el sistema, el cual impide el derecho a la crítica y a la investigación por parte de la prensa. Es un obstáculo insalvable para las denuncias de inconsistencia de los funcionarios públicos.

El siguiente es el texto del artículo en referencia:

  “Injuria y calumnia contra funcionarios o exfuncionarios públicos”,

Según el cual “el que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o sobre su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin que sea procedente algún beneficio o subrogado penal. Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o exfuncionario público o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente que, previo el cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece, en los mismos términos del artículo 91 de la ley 906 de 2004.”

La Asociación Colombiana de Medios de Comunicación (AMI) también se pronunció al respecto mediante un comunicado en el que manifiesta su preocupación.  En uno de sus apartes dice: porque, a su juicio, dicha regulación especial y privilegiada, “sí representa una amenaza para cualquiera que deba denunciar posibles irregularidades en el ejercicio de tales funciones o para el ejercicio de las mismas, como lo hacen, por ejemplo, los medios de información”.

En ese sentido la AMI aseguró que dicho artículo podría anular la veeduría que ejercen los periodistas sobre las actuaciones de los funcionarios del Estado. Según el comunicado, el aparte “solo parece querer garantizar que jamás se denuncien actos o hechos que debieran ser denunciados, por temor a las consecuencias y costos de procesos judiciales en contra de medios y periodistas, es decir una modalidad legal de acoso judicial tendiente a la censura desde el poder público en cabeza de quienes lo ejerzan y sus familias.

Este tipo de leyes se vivieron en décadas pasadas. Periodistas y Medios pagarían  penas de cinco a diez años de prisión y multa millonaria contra quienes injurien o calumnien a funcionarios y ex funcionarios públicos. También, contempla la cancelación de la personería jurídica de las instituciones de donde proviniere la crítica que se considere injuria o calumnia.

Los colombianos deben imaginarse lo que les espera si inclinan la balanza en las urnas el 13 de marzo y el 22 de mayo a favor de las alianzas -non santas- en las que figuran los mismos con las mismas y algunos primíparos que sin duda alguna seguirán la huella.

Leave your Comments