VIA LIBRE A LAS CORRIDAS EN PERU
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- admin_taurinos
- 25 febrero, 2020
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El Tribunal Constitucional dejó en firme en su sentencia proferida éste martes 25F la celebración de las corridas de toros en todo el territorio nacional en la forma y usanza en la que tradicionalmente se han venido realizando desde el siglo XVI.
Por: Leopoldo Portilla Mesa.
La multitudinaria marcha que se realizó el pasado 21 en la capital peruana por parte de los aficionados y demás estamentos surtió efectos rápidamente. El Tribunal Constitucional se pronunció en la mañana de éste martes en la que declara infundada la demanda constitucional presentada por un grupo de animalistas con el objetivo de declarar inconstitucional y eliminar la excepción a la ley 30407, Ley de Protección Animal, que permite la realización de corridas de toros y peleas de gallos, entre otros.
La ponencia presentada ha sido respaldada por cuatro votos a favor y tres en contra, formando una sentencia con la que las corridas de toros podrán continuar celebrándose de manera regular en aquellas provincias en las que tradicionalmente se han celebrado. La propuesta animalista no logró los cinco votos que se requerían para declarar inconstitucional la excepción que permite las corridas de toros.
Las nueve reglas o restricciones que contenía la ponencia también fue derrotada por mayoría de votos. Una de ellas contemplaba establecer límites de territorialidad a la celebración de las corridas de toros, otorgarle mayor poder al parcializado Ministerio de Cultura, así como prohibir el ingreso de menores de edad a los cosos, lo que indirectamente significaría impedir la continuidad de las corridas de toros.
En los próximos días el Tribunal Constitucional promulgará el texto completo de la sentencia